Lo bueno que tienen la mayoría de los Decretos-ley es que siempre
terminan publicados en el BOE, como ha ocurrido con el de la nueva
reforma laboral. Allí se ven detalles que no han sido comentados por
el Gobierno, como el hecho de que una empresa pueda bajarte el
sueldo a partir de ahora.
No es, de todas formas, el único: el portal
Laboro, especializado en
asesoramiento de empleo, se ha encontrado con un cambio que
permitirá a tu empresa echarte a la
calle si faltas nueve días al trabajo en dos meses
por problemas de salud,
aunque estas ausencias sean justificadas.
Así lo contempla el modificado
artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores que,
paradójicamente, exime como faltas las que sean bajas de más de 20
días. Es decir, una enfermedad corta cuenta; una larga no, un hecho
que puede provocar el efecto contrario en el absentismo de
trabajador. Tampoco se computan los
accidentes laborales ni las enfermedades derivadas de un embarazo,
por ejemplo.
En el fondo, este artículo se parece mucho al original: un
empresario te puede echar con
faltas de asistencia al trabajo que, aunque sean
justificadas, " alcancen el 20 %
de las jornadas hábiles en dos
meses consecutivos, o el
25 % en cuatro meses
discontinuos dentro de un periodo de doce meses. Suponiendo
que la media de días hábiles al mes está entre 20 y 22, nueve serían
suficientes.
Como comentábamos, todo sería igual si no fuera porque
han cambiado una condición
importante en el texto: antes, estas causas
eran motivo de despido siempre y cuando "el índice de
absentismo total de la plantilla
del centro de trabajo supere el 2,5
% en los mismos periodos de tiempo". Es decir, siempre que
se demuestre con números que en la plantilla la gente falta bastante
al trabajo, causando un perjuicio al empresario.
Ahora, en cambio, ya no te
compararán con tus
compañeros: da igual que el equipo sea modélico y nadie se
haya puesto malo en ningún momento: como cojas una mala racha, tu
jefe puede tener los argumentos legales para despedirte.
Esto, claro está, es lo que figura en el papel; otra cosa es lo
que decida el empresario, pero ante la situación tan delicada que
vive este país, le permitiría oficialmente echar a un empleado y
supone otra vía que facilita el despido, que en este caso sería
objetivo, con 20 días de
indemnización por año trabajado en un máximo de 12 mensualidades.
Dijo nuestra vicepresidenta del Gobierno,
Soraya Sáenz de Santamaría,
que este debería ser el "último
recurso", pero con todas estas herramientas no parece que
sus palabras se vayan a cumplir.