¿Cómo negociar en este nuevo panorama laboral? Negociar de manera
conjunta, entre todos los trabajadores, y la cláusula de descuelgue
salarial son dos aspectos claves en
la renegociación salarial.
Negociar de manera conjunta
Los trabajadores pueden negociar de manera colectiva, a través de
sus representantes, las condiciones laborales en que se desarrolla
su actividad.
Tras la reforma de la normativa vigente desde mediados de 2011,
esta facultad no se ha alterado. Sí ha variado, sin embargo,
la jerarquía de los convenios, informa Consumer.es.
La prioridad de los convenios de empresa sobre el resto es, sin
duda, el cambio de mayor calado. La citada prioridad
afecta a los siguientes asuntos:
el establecimiento del salario base de los trabajadores, el
complemento base (aumentos de sueldo), la retribución de las horas
extras, el establecimiento de un sistema de trabajo por turnos y los
horarios y la distribución del tiempo de trabajo.
Renegociar los salarios
Con la cláusula de descuelgue salarial, se pueden ajustar los
sueldos cuando afecten de manera
sensible a las cuentas de la empresa en épocas de crisis.
De esta forma, se establece que
las empresas podrán imponer un convenio propio cuando
atraviesen momentos de dificultad económica. Esto puede aplicarse de
dos maneras:
- En convenios con cláusula de descuelgue, se
puede dejar de aplicar el régimen salarial previsto en el
convenio cuando se cumplan todos los requisitos que se
establezcan en la propia cláusula de descuelgue, siempre que la
estabilidad económica de la empresa pudiera verse afectada como
consecuencia de las tablas salariales previstas en el convenio.
- En convenios sin cláusula de descuelgue,
cuando la situación de la empresa lo aconseje, puede
establecerse el descuelgue salarial mediante un acuerdo entre el
empresario y los representantes de los trabajadores. En este
caso, deberá demostrarse la incidencia negativa de los sueldos
en las cuentas de la empresa.
En cualquiera de las dos situaciones, las cláusulas de descuelgue
deberán determinar con exactitud la
retribución que percibirán los trabajadores.
También deben contemplar una programación progresiva hacia la
recuperación de las condiciones
salariales establecidas en el convenio colectivo, una vez
que las causas aducidas para el descuelgue desaparezcan.
Hay que tener en cuenta, además, que la no aplicación del
convenio no puede superar en ningún
caso los tres años de duración.