En un comunicado en el que anuncia su decisión, Garzón admite
que, "en la práctica, la inmensa mayoría de estas demandas de
nulidad son desestimadas por los tribunales", por lo que, si ocurre
así en su caso, interpondrá un recurso de amparo ante el Tribunal
Constitucional.
La demanda de nulidad considera
"gravísimamente errónea" la sentencia condenatoria del
Tribunal Supremo, "en cuanto se le condena por una acción que no se
encuentra tipificada como delito en las leyes".
El texto dice además que la condena "se funda en una
interpretación de las normas penales que supone una
desnaturalización absoluta del Código Penal, con grave quebranto de
la seguridad jurídica" y añade que la sentencia "desconoce el actual
concepto de prevaricación en aspectos esenciales del mismo" y que ha
construido "a la medida" el delito por el que se le ha condenado.
Garzón agrega que la resolución del Supremo "supone la puerta
abierta a cualquier juicio y condena por prevaricación por cualquier
discrepancia jurídica seria de cualquier juez con el juez instructor
y luego con la sala sentenciadora" y que "desnaturaliza por completo
la excepcional figura de la prevaricación" prevista en el
ordenamiento jurídico español.
La demanda sostiene que la
sentencia es "arbitraria, irrazonable y manifiestamente injusta",
que "incurre en contradicciones internas insalvables" y que el
Supremo "ha partido previamente de un designio incriminador" en
relación con Garzón, "vulnerando la exigencia de imparcialidad
subjetiva y objetiva exigible a todo órgano jurisdiccional".
Así, dice que los magistrados que le condenaron prejuzgaron "la
cuestión de la culpabilidad del acusado a la luz de consideraciones
ajenas al acto del juicio, ya que de la lectura de la sentencia
parece que incluso no se ha celebrado prácticamente juicio alguno o
que éste ha sido por completo irrelevante para la sentencia, que
sigue literalmente el criterio de los autos del juez instructor".
Por último, Garzón señala que la sentencia
"vulnera la independencia judicial"
porque "supone la criminalización de la posición jurídica contraria
a la del tribunal superior". En este sentido, la demanda señala que,
en lugar de acudir al "legítimo
cauce del sistema de recursos" para combatir las
resoluciones dictadas por Garzón, se ha recurrido a "la indebida
criminalización de su conducta, con expulsión incluso de la carrera
judicial, lo que supone la negación flagrante del núcleo básico de
la independencia judicial".
Hubo unanimidad en la decisión
En la sentencia, notificada el pasado día 9,
los siete magistrados que
formaban el tribunal estimaron por unanimidad que, al acordar las
escuchas, Garzón adoptó una resolución injusta y restringió el
derecho de defensa de los imputados
"sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable".
"La Justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo
Justicia", afirmaba la resolución, que también decía que Garzón
admitió "prácticas que en los tiempos actuales solo se encuentran en
los regímenes totalitarios, en los que todo se considera válido para
obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al
Estado".
El pasado lunes, la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
hizo efectiva la expulsión de la carrera judicial de
Garzón como consecuencia de su inhabilitación, decisión que será
ratificada mañana por el pleno del órgano de gobierno de los jueces.