Si tu primer matrimonio no funcionó eso no quiere decir que tus hijos deban cargar con el peso o consecuencias negativas de sus padres o las malas decisiones que los adultos tomaron, por esa razón cuando una pareja con hijos menores se divorcia, el juez pone una pensión de alimentos al progenitor no custodio.
En todo caso si este por cualquier razón decide librarse de esta responsabilidad y no la paga, se le puede pedir al juez que realice una ejecución sentencia de divorcio por impago de pensión de alimentos, sino paga, le sean embargados sus bienes y cuentas bancarias, puedes consultar a jrabogados.es y saber como proceder , mientras tanto te dejamos la siguiente información.
Una sentencia de divorcio o una escritura de divorcio en caso de divorcio notarial, es un documento legal que sirve para presentar la disolución del matrimonio, pero aunque algunos parecen no solo divorciarse de su pareja sino también de los hijos, este documento sirve como unas capitulaciones para establecer acuerdos sobretodo cuando hay hijos menores de por medio.
Sin embargo, los simpases pueden generarse por dos posibles razones, la primera es porque, lo que se firmó en la sentencia es actualmente imposible de pagar; o sencillamente porque alguna de las partes simplemente se niega a pagar lo establecido por el juez.
Quizás ahora te estarás preguntando, ¡Ajá!, y ¿Qué puedo hacer para que mi ex cumpla con la pensión alimenticia?, esto en la obviedad de que haya caído en incumplimiento.
Habitualmente en estos casos particulares, se realiza la acción de solicitar el amparo del juez que dictaminó la sentencia, además del respaldo de un abogado procurador, comenzar con el proceso de ejecución de títulos judiciales. Esto quiere decir que el juez obliga a la parte que ha incurrido en la falta a cancelar su deuda, y cumplir con lo ya establecido en la ley.
Sin importar exactamente cual haya sido el incumplimiento siempre estará el acta de divorcio como aval de lo dictaminado por la corte. Aparte de no pagar la pensión alimenticia, es muy habitual, que los padres incumplan con el régimen de visitas también impuesto por el juez.
Un régimen de visitas, es muy importante, tanto como cumplir con la pensión alimenticia, además de ser un derecho tanto del padre como para los hijos, también es un deber y obligación, primero por las implicaciones legales que tiene, pero al mismo tiempo por el deber moral y derecho como progenitor de los niños involucrados y afectados por los hechos.
He aquí donde interviene el abogado de familia, quien se encargará de redactar una demanda para exponer los hechos que motivan la presente y los fundamentos de derecho que le otorgan sustento, incluyendo las pruebas necesarias y pertinentes avalando lo planteado ante el juzgado.
En el momento en que el juez de por admitida la demanda, verificará si se cumplen con los requisitos de ejecución y dictará una nueva orden donde se le exhorta al infractor que debe cumplir con lo establecido además de nuevas estrategias para que cumpla con el ordenamiento.
El ejecutado podrá oponerse a la demanda solo según los criterios del 556 LEC. Sin embargo deberá enfrentarse a medidas como multas coercitivas. Incuso puede haber hasta modificaciones enteras de lo que se dictaminó inicialmente.
En estos casos, se procede por medio del juzgado, se plantea una averiguación de bienes y economía del obligado al pago, mejor conocida como averiguación patrimonial, de esta forma conocer lo que posee y determinar si ciertamente no puede pagar la manutención establecida legalmente o se trata de un caso de simple negación al cumplimiento de la pensión alimenticia. Todo esto según los lineamientos establecidos en el artículo 584 y siguientes de la LEC.
De igual manera, esta infracción o incumplimiento puede también resolverse por otras vías, además de la ejecución de la sentencia, al referirnos a un delito penal, según lo estipulado en el 227 C. Esta falta puede llegar a pagarse con meses de cárcel.
Esto indica que, la parte afectada puede iniciar cualquiera de las dos vías legales o ambas al mismo tiempo, haciéndole la solicitud al juzgado la ejecución de la sentencia, más el pago de la pensión y un denunció por la vía penal. La multa penal de cárcel por incumplimiento va desde tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.