DESCUBRE COMO TE AFECTARÁ LA REFORMA LABORAL
La reforma laboral que entrará en vigor mañana, una vez se
publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) al ser aprobada como
un decreto ley por parte del Gobierno de Mariano Rajoy, no solo
afectará a quienes logren un nuevo contrato. Todos los trabajadores,
en mayor o menor medida, se enfrentan a unas nuevas reglas del juego
dentro de un marco diferente al que había establecido el Ejecutivo
de José Luis Rodríguez Zapatero con la anterior reforma.
El Ministerio de Empleo ha ofrecido las primeras pistas sobre
los cambios en la normativa tras la rueda de prensa posterior al
Consejo de Ministros en la que participaron la vicepresidenta del
Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y la ministra de Empleo y
Seguridad Social, Fátima Báñez.
¿Me afecta el contrato de 33 días?
- Los trabajadores que logren un nuevo empleo,
firmarán un contrato con una indemnización máxima por despido
(por ejemplo, si se trata de un despido improcedente) de 33 días
por año trabajado, con un tope de compensación de 24
mensualidades. Antes esa indemnización máxima era de 45 días y
con el tope de 42 mensualidades. Es decir, si trabaja para su
empresa a partir de mañana durante 10 años con un sueldo de
20.000 euros anuales, la indemnización máxima será
aproximadamente de de 1.808 euros (correspondiente a 33 días de
trabajo) multiplicado por 10, que son los años trabajados.
18.080 euros en total, frente a los 24.650 euros que hubiera
cobrado con 45 días de indemnización.
- Los trabajadores que ya tuvieran un contrato
no se escapan de la reforma referente a los días de
indemnización por despido. Si su contrato anterior recogía una
indemnización máxima de 45 días por año trabajado, esa será su
compensación, pero contando solo hasta ayer. A partir de ahora,
los años que siga trabajando para su empresa le acumularán
indemnización de 33 días. Es decir, si llevara 10 años
trabajando para su empresa y lo despidieran el año próximo de
manera improcedente (11 años en total), cobraría en dos tramos
su compensación: el equivalente a diez años con 45 días de
indemnización y el último, en el que ya funciona la reforma
laboral, con 33 días de indemnización.
¿Será más fácil para las empresas despedirme?
- Las empresas que quieran realizar un Expediente de
Regulación de Empleo (ERE), y por tanto acogerse a
pagar la indemnización mínima (20 días por año trabajado con un
máximo de un año) no necesitarán el visto bueno de la Autoridad
Laboral. Hasta ahora, la mayoría de compañías que querían
aplicar un ERE pactaban con el comité de empresa las
compensaciones, ya que de este modo, la autoridad laboral no se
oponía si no existían irregularidades legales. Para lograr el
pacto, las indemnizaciones solían ser más elevadas. Ahora, sin
embrago, la empresa solicitará el ERE alegando una de las causas
establecidas para lograrlo. Si existe conflicto con los
trabajadores, solo un juez podrá parar el expediente.
- Las causas que una empresa puede alegar para
presentar un ERE se amplían. Por tanto, se amplían los
casos en los que la empresa pagará la indemnización por despido
procedente, la más baja (20 días por año trabajado y un tope de
12 mensualidades). Según ha explicado la ministra de Empleo, las
empresas podrán hacer despidos colectivos no solo si ya están en
pérdidas. También si tienen "pérdidas actuales o previstas" o
una "disminución de ventas durante tres trimestres
consecutivos".
¿Qué tipos de despido me pueden aplicar ahora?
- Depende de si el despido se considera procedente o
improcedente. Si es procedente (porque la empresa puede
acogerse a causas económicas, organizativas, etc) la
indemnización será de 20 días por año trabajado con un tope de
12 mensualidades.
- Si el despido es considerado improcedente o logra un
pacto con su empresa, podrá cobrar 45 días por año (un
máximo de 42 mensualidades) por los años trabajados hasta hoy y
a partir de mañana acumulará 33 días por año trabajado con tope
de 24 meses. Si su contrato empieza mañana, y llega a ser
despedido en el futuro de modo improcedente, cobrará 33 días por
año trabajado con un máximo de 24 meses.
¿Podré encadenar en una empresa contratos
temporales?
- Como máximo durante 24 meses. A partir del
31 de diciembre, volverá estar prohibido mantener a un
trabajador más allá de los dos años con contratos temporales.
¿Qué ventajas tendrán los jóvenes a la hora de
lograr contratos?
- La reforma quiere que las pequeñas y medianas
empresas cuenten con jóvenes. Por eso, se les permitirá
tener a los empleados de menos edad con un periodo de prueba de
un año. Además, la empresa tendrá derecho a una deducción en su
cuenta fiscal de 3.000 euros cuando contrate a su primer
trabajador, siempre que tenga menos de 30 años. Si se trata de
un un nuevo empresario quien contrata a su primer trabajador.
- Las empresas (de cualquier tamaño) que contraten
jóvenes de menos de 30 años, también tienen
bonificación en las cuotas de la Seguridad Social que abonen por
ellos. 1.000 euros en el primer año de contrato, de 1.100 euros
en el segundo y de 1.200 euros en su tercer año de contrato.
¿Hay ayudas para contratar a parados de más de 45 años?
- Hay bonificaciones en las cuotas de la Seguridad
Social si se trata de desempleados de larga duración.
La empresa podrá ahorrarse 1.300 euros al año los tres primeros
años de su contratación.
¿Qué tendrá que hacer la empresa para
reducirme la jornada laboral?
- La empresa podrá realizar un Expediente de
Regulación de Empleo (ERE) que suponga la reducción de la
jornada laboral sin acudir a la Autoridad Laboral, como
venía siendo necesario hasta ahora. Aparte de todo lo que se
negocie a un nivel superior, el empresario y los representantes
de los trabajadores pueden consensuar un convenio propio que se
adapte a sus peculiaridades.
Si soy un parado con prestación, ¿a qué estoy
obligado?
- La nueva normativa prevé que los parados que formen parte de
las listas del Inem y estén cobrando las prestaciones puedan "realizar
servicios de interés general en beneficio de la comunidad
a través de convenios con las Administraciones Públicas".
Gracias a este resquicio legal, la alcaldesa de Madrid, Ana
Botella, podrá tirar de parados para que trabajen en bibliotecas
u otros servicios públicos. Botella había pedido volu
ntarios
para estas tareas. El Gobierno pretende controlar las bajas
injustificadas y las incapacidades temporales a través de las
mutuas de trabajo.
¿Tengo derecho a formación?
- Todos los trabajadores tendrán derecho a 20 horas de
formación anuales pagadas por la empresa. Se amplía
hasta los 30 años el contrato de formación y aprendizaje, hasta
que el paro baje del 15%.
¿Las mujeres tienen ventajas a la hora de ser
contratadas?
- Las empresas de sectores tradicionalmente masculinos
cuenta con algunas bonificaciones si contratan mujeres. Si se
trata de mujeres de menos de 30 años, a las reducciones al paro
de la Seguridad Social para los jóvenes, se les añaden otros 100
euros más (es decir, 1.100 euros de ayuda el primer año). Si se
trata de mujeres de más de 45 años, en paro de larga duración,
la bonificación de 1.300 euros se eleva a 1.500 euros. Fuente
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