Licencia de conducción
Introducción:
Para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados,
ciclomotores y coches de minúsvalido se exigirá estar en posesión de
la correspondiente licencia de conducción.
El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y
llevar consigo su permiso o licencia válido y vigente, y deberá
exhibirlos ante los Agentes de la Autoridad que lo soliciten.
La concesión de las licencias de conducción quedará condicionada a
la verificación de que los conductores reúnen los requisitos de
aptitud psicofísica y los conocimientos, habilidades, aptitudes y
comportamientos exigidos para cada una de ellas. Son expedidas por
las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, y son de alguna de
las siguientes clases:
a) Para conducir ciclomotores.
b) Para conducir vehículos para personas de movilidad
reducida (coches de minusválido).
c) Para conducir vehículos especiales agrícolas
autopropulsados y conjuntos de los mismos cuya masa o dimensiones
máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos para los
vehículos ordinarios.
Requisitos de Edad:
La edad mínima requerida para obtener licencia
de conducción será la siguiente:
-
Catorce años
cumplidos para la que autoriza a conducir ciclomotores y para la
que autoriza a conducir vehículos para personas de movilidad
reducida (coches de minusválido).
-
No obstante
hasta los dieciséis años cumplidos la licencia no autorizará a
conducir los correspondientes vehículos cuando transporten
viajeros.
Dieciséis años cumplidos para la que autoriza a conducir vehículos
especiales agrícolas autopropulsados y conjuntos de los mismos.
Otros Requisitos:
-
Tener la
residencia normal en España o, de ser estudiante, demostrar la
calidad de tal durante un período mínimo continuado de seis
meses en territorio español, y haber cumplido la edad requerida.
-
No estar
privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos
a motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o
intervención del que se posea.
-
Reunir las
aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase de
licencia que se solicite.
-
Ser declarado
apto por la Jefatura Provincial o Local de Tráfico en las
pruebas teóricas y prácticas, en relación con la clase del
permiso solicitado.
Documentación necesaria:
-
Solicitud en
impreso oficial que se facilita en las Jefaturas Provinciales y
Locales de Tráfico.
-
Fotocopia del
Documento Nacional de Identidad en vigor, o, en su caso, del
pasaporte, del documento de identificación de Extranjeros (N.I.E.)
que acredite su residencia normal o condición de estudiante en
España durante el período exigido, en unión de los documentos
originales que serán devueltos una vez cotejados.
-
Informe de
aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de
Conductores autorizado, de la provincia donde solicite el
trámite, al que se hallará adherida una fotografía actualizada
del solicitante.
-
Dos
fotografías actualizadas, de 35 x 25 mm., iguales a la que se
halle adherida al informe de aptitud psicofísica a que se
refiere el punto anterior.
-
Declaración
por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del
derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido
a intervención o suspensión del que se posea.
-
Declaración
por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de
conducción, ya sea expedido en España o en otro país
comunitario, de igual clase al solicitado.
-
Fotocopia del
permiso o licencia de conducción que, en su caso, posea, ya sea
expedido en España o en otro país comunitario, acompañado del
documento original que será devuelto una vez cotejado. Dicho
documento será entregado por su titular, con carácter previo a
la recepción del nuevo permiso expedido.
COSTO: TASA O PRECIO PÚBLICO: (Su cuantía varía anualmente)
Tasa 2.4.
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