En la actualidad, un total de 12
equipos se encuentran dentro del concurso de acreedores
(Rayo Vallecano, Zaragoza, Betis, Cádiz, Granada, Poli Ejido, Xerez,
Recreativo, Córdoba, Hércules, Mallorca y Racing) y otros diez han
estado en la misma situación desde 2004 (Levante, Málaga, Alavés,
Real Sociedad, Alicante, Murcia, Celta, Sporting, Albacete y Las
Palmas).
Hasta ahora, a los clubes sujetos a un procedimiento concursal no
se les aplica la sanción de descender de categoría por no pagar las
deudas pendientes con la Seguridad Social, con sus deportistas o con
otros acreedores. Prevalece el criterio de que su clasificación es
un activo de la entidad que no debe perderse porque haría peligrar
sus ingresos.
Con ese sistema, son muchos los clubes de fútbol y de otros
deportes que se han acogido a la
Ley Concursal, poniéndose voluntariamente en manos de un
juez, para así asegurarse de que las deudas no les harían perder la
categoría, mientras que los demás equipos, que aseguran destinar sus
recursos al pago de deudas para no entrar precisamente en un
concurso de acreedores, se sienten discriminados.
Para romper con esa dinámica, el Gobierno incluyó en su proyecto
de reforma de la Ley Concursal
una disposición adicional para dejar claro que la sujeción al
procedimiento concursal "en todo caso no impedirá la aplicación de
las disposiciones con rango de ley reguladoras de la participación
en la competición".
Evitar interferencias en las competición
Según argumentaba el Ejecutivo,
se trata de "evitar interferencias indeseables en las competiciones
deportivas" pues "el incumplimiento de las reglas de juego exigibles
para poder participar en ciertas competiciones deportivas por parte
de las entidades concursadas, compromete a la competición en su
conjunto y a los potenciales competidores".
"Con esta reforma se pretende evitar las distorsiones que pueden
plantear tanto la aplicación de una lógica exclusivamente económica
a las actividades deportivas, como la preterición absoluta de
legislación que regula la participación en competiciones deportivas,
evitando así el uso indeseado o abusivo de ciertos instrumentos
previstos en la Ley Concursal y garantizando la estabilidad e
igualdad en las competiciones deportivas", sostenía el
Gobierno.
Frente a ello, el PP presentó una enmienda para mantener la
situación actual alegando que la aplicación de las normas deportivas
podría poner en serio peligro la supervivencia de las entidades
deportivas declaradas en concurso" pues les obligaría a perder "todos
los ingresos derivados de taquillas, abonos, derechos televisivos,
patrocinios institucionales, contratos o derechos de imagen, y, a su
vez, se cercena la posibilidad de futuros traspasos".
En seis meses, una ley específica
Para llegar a un acuerdo, el PSOE ofreció dejar que sea el
Gobierno el que, en los
seis meses posteriores a la entrada en vigor de la reforma,
presentase un proyecto de ley específico sobre las especialidades de
los clubes deportivos en fase
concursal,
sin renunciar mientras tanto al objetivo del Gobierno de permitir
que estos equipos puedan descender de categoría en caso de impagos.
Así se fraguó el acuerdo en el Congreso el pasado mes de julio,
que se ratificó sin cambios en el Senado hace una semana. Este
jueves ha llegado la aprobación definitiva de la reforma, cuyos
efectos se verán el 31 de julio de 2012, cuando se aplique ya sin
excepciones el precepto que determina que los clubes que no están al
día en el cumplimiento de sus obligaciones salariales con los
deportistas u otro club, bajan de categoría.
Fuentes del Consejo Superior de
Deportes (CSD) expresaron su "satisfacción" por que esta
iniciativa del Gobierno, a instancias del propio CSD, "beneficiará
la gestión de los clubes de fútbol".