CRISIS: ALQUILER DE PISO CON OPCION A COMPRA
Son tiempos difíciles para comprar una vivienda. En el actual
momento económico, decidirse,
arriesgarse cuesta más que nunca. Tal vez sea el momento de
otras alternativas con las que ganar tiempo. El alquiler con opción
a compra es una posibilidad más que atractiva.
Se trata de una buena alternativa para aquellos compradores que
no pueden pagar una entrada.
Con esta modalidad hipotecaria, los inquilinos pueden transformar la
cantidad destinada al pago del alquiler en la cuota mensual para el
pago de la compra de su casa. Es lo que se denomina 'financiación
mixta'.
Las inmobiliarias recurren a este tipo de arrendamiento para dar
salida a su stock. De esta forma, las agencias que deciden
poner en marcha esta fórmula permiten a sus clientes alquilar la
vivienda por un precio no excesivamente elevado. Después, pasados
entre 2 y 5 años, les plantea la
posibilidad de comprarlo.
Para quien no puede pagar una entrada
La principal ventaja reside en que del precio total del piso se
descontará la cantidad que el
inquilino haya ido pagando durante el período en que vivió
en régimen de alquiler.
Esta opción de financiación mixta está destinada sobre todo a las
personas que no pueden acceder a una vivienda por sus elevados
precios, porque no disponen del dinero suficiente para pagar la
entrada o tengan vedado el acceso a
los canales tradicionales de financiación bancaria.
Hay que destacar que en el contrato tiene que constar el
precio de la futura compraventa,
que no variará por fluctuaciones del mercado, y el plazo de tiempo
que el beneficiario tiene para ejercitar su derecho de compra.
Es fundamental plasmar por escrito
todos los extremos del contrato. Pero como mínimo, se ha de
hacer constar el precio final de la posible compra-venta, el plazo
para ejercer la opción y la posible entrada y/o pagos mensuales del
alquiler con opción a compra” para evitar sorpresas desagradables.
Cómo formalizar el contrato
Es en las cláusulas del contrato donde se diferencia esta
modalidad de alquiler. Las principales cláusulas que no deben faltar
son:
- Cuotas mensuales
- Forma de pago
- Vencimiento de las mismas
- Especificar la cantidad entregada en concepto de pago por
adelantado y la cantidad en concepto de fianza.
En lo que se refiere a la opción de compra no deben faltar:
- Descripción de las condiciones que marcarán la futura
compraventa.
- Precio de venta de la vivienda.
- Descuento de las mensualidades de renta.
- Declaración de que el inmueble está libre de carga.
- Otra de que el inmueble se transmitirá libre de
arrendatarios, ocupantes y precaristas.
- Fecha para elevar a escritura pública el contrato de
compraventa.
El alquiler con opción a compra es especialmente
interesante en los períodos de incertidumbre económica en
los que se desconoce hasta dónde escalarán los tipos de interés. Una
situación de la que de se pueden beneficiar los interesados en
comprar un piso a medio-largo plazo. Fuente
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