OTEGI ABSUELTO POR SU
INTERVENCIÓN EN ANOETA EN 2004
El Tribunal Supremo (TS) ha
acordado este miércoles confirmar la sentencia de la Audiencia
Nacional que absolvió al exportavoz de
Batasuna Arnaldo Otegi de un delito de
enaltecimiento del terrorismo por su intervención en un mitin en el
velódromo de Anoeta, en San Sebastián, el 14 de noviembre de 2004.
Así lo ha acordado la sala de lo penal del alto tribunal menos de
dos horas después de que se celebrara una vista en la que la
Fiscalía había solicitado que se anulara esa sentencia y se
condenara a 18 meses de prisión a Otegi y a los también dirigentes
de la izquierda abertzale Joseba Permach y Joseba Álvarez.
Fuentes del Supremo han informado de que la sala, formada por cinco
magistrados, ha decidido desestimar el recurso del Ministerio
Público, aunque la decisión no ha sido unánime y la resolución, que
se conocerá en los próximos días, contará con
varios votos particulares.
Durante la vista, el fiscal ha afirmado que dicho acto tenía un
contenido enaltecedor del
terrorismo y en su organización Otegi "tuvo un papel
protagonista".
También ha manifestado su disconformidad con la absolución de otros
dos miembros de Batasuna que también participaron en ese mitin,
Joseba Permach y Joseba Álvarez, para quienes en el juicio reclamó,
al igual que para Otegi, 18 meses de prisión.
La Audiencia Nacional decidió
absolver a los tres por entender que existen "serias dudas"
de que fueran los que exhibieran fotos de etarras y repartieran
propaganda de ETA durante el mitin.
Este tribunal sólo dio por probado que el
acto de Anoeta fue convocado por
Batasuna y en él se exhibieron una "sucesión de imágenes"
de etarras, se corearon gritos a favor de ETA y unos encapuchados
repartieron "zutabes" (boletines internos de la banda).
Sin justificación del terrorismo
Sobre el discurso que pronunció Otegi, los magistrados de la
Audiencia Nacional interpretaron que versa sobre la "conveniencia y
la necesidad de un proceso de diálogo y negociación" para la
resolución del "conflicto de manera pacífica y democrática","con
ausencia" de justificación del terrorismo".
Según el representante del Ministerio Público,
Otegi "se unió a ese homenaje" y "esos gritos, imágenes y
contenidos enaltecedores no era ajeno a la voluntad de los
organizadores y en particular para Otegi".
La abogada de Otegi y Permach, Jone Goirizelaia, ha destacado que
la sentencia de la Audiencia Nacional dice que no existen datos
objetivos que vinculen a los acusados con la organización del acto.
Según la letrada, la voluntad de sus patrocinados no era
enaltecedora, sino "para presentar una
propuesta política por vías
pacíficas".
Por su parte, el letrado de Álvarez, Iñigo Iruin, ha indicado que la
sentencia recurrida es "muy contundente" y "dice que no hay prueba
de cargo que vincule a los acusados con el diseño del acto". Fuente
Comparte este articulo :
/
Compartir en Facebook
/

|
|