EL SUPREMO IMPIDE EL REGISTRO
DE SORTU COMO PARTIDO
La Sala 61 del Tribunal Supremo falló el miércoles
contra la inscripción de la formación de la izquierda 'abertzale'
Sortu en el registro de partidos políticos, una decisión que
impedirá que concurra a las elecciones municipales del próximo 22 de
mayo, informó el alto tribunal.
A pesar de que esta sala tradicionalmente
ha adoptado sus decisiones por unanimidad, tres de los 16
magistrados anunciaron votos particulares, según agregó el Supremo
en una breve nota de prensa.
"La Sala (...) ha estimado las demandas interpuestas por la
Abogacía del Estado y la Fiscalía General del Estado y, en
consecuencia, ha procedido a declarar la no inscripción en el
Registro de Partidos Políticos a SORTU", agregó la nota.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado consideraban que
esta nueva formación era una sucesora de Batasuna, ilegalizada en
2003 por sus vínculos con ETA.
En una de las primeras reacciones tras la decisión del alto
tribunal, el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, se mostró
satisfecho con el fallo.
"Tal y como defendíamos desde un primer momento, existen
elementos suficientes para asegurar que Sortu es una continuación de
un partido ilegalizado y que por tanto tiene que aplicarse la Ley de
Partidos y procederse a su ilegalización (...) Estamos muy
satisfechos con ello", dijo el titular de Justicia en declaraciones
a la Cadena Ser.
La Sala 61 - una sala especial que trata los procesos de
declaración de ilegalidad de partidos políticos - había comenzado el
lunes a debatir las demandas interpuestas por la Fiscalía y la
Abogacía contra la inscripción de Sortu, y el mismo miércoles
comenzó su deliberación.
Sortu (nacer o crear en euskera) se presentó en febrero como una
nueva formación de la izquierda 'abertzale' con el objetivo de
presentarse a los próximos comicios municipales en el País Vasco, y
por primera vez en un partido vinculado con la izquierda radical
vasca se expresaba en sus estatutos un rechazo explícito a la
violencia de ETA.
La Fiscalía, no obstante, señaló que Sortu había desaprovechado
la oportunidad de desvincularse totalmente de Batasuna y ETA con un
rechazo explícito y claro de los "actos terroristas", al no
posicionarse respecto a las últimas actuaciones policiales en
Vizcaya y, entre otros argumentos, aludió a que a su acto de
presentación el 7 de febrero en Bilbao acudieron notorios dirigentes
de Batasuna.
La Sala 61 ya había impedido en mayo de 2007 la legalización de
la marca ASB (Abertzale Sozialisten Batasuna) y en 2003 ilegalizó a
Batasuna, Euskal Herritarrok y HB, por considerar que formaban parte
del entramado de ETA.
Los dirigentes de la nueva formación sí han expresado su rechazo
a los planes de la banda armada conocidos recientemente de atentar
contra el lehendakari vasco, el socialista Patxi López, y pidieron
su legalización argumentando que cumplían con la Ley de Partidos en
todos sus términos.
ETA decretó una tregua "permanente y verificable" a principios de
año que ha sido recibida con escepticismo por el Gobierno central y
el vasco, que le piden un abandono definitivo de las armas.
Sortu tiene ahora la opción de presentar un recurso ordinario de
amparo ante el Tribunal Constitucional en un plazo de 30 días,
aunque no está claro que el alto tribunal resuelva antes de la
celebración de las elecciones.
El auto con las valoraciones del Tribunal Supremo y los votos
particulares se conocerá en los próximos días. Fuente
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