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EL SUPREMO IMPIDE EL REGISTRO DE SORTU COMO PARTIDO

La Sala 61 del Tribunal Supremo falló el miércoles contra la inscripción de la formación de la izquierda 'abertzale' Sortu en el registro de partidos políticos, una decisión que impedirá que concurra a las elecciones municipales del próximo 22 de mayo, informó el alto tribunal.

A pesar de que esta sala tradicionalmente ha adoptado sus decisiones por unanimidad, tres de los 16 magistrados anunciaron votos particulares, según agregó el Supremo en una breve nota de prensa.

"La Sala (...) ha estimado las demandas interpuestas por la Abogacía del Estado y la Fiscalía General del Estado y, en consecuencia, ha procedido a declarar la no inscripción en el Registro de Partidos Políticos a SORTU", agregó la nota.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado consideraban que esta nueva formación era una sucesora de Batasuna, ilegalizada en 2003 por sus vínculos con ETA.

En una de las primeras reacciones tras la decisión del alto tribunal, el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, se mostró satisfecho con el fallo.

"Tal y como defendíamos desde un primer momento, existen elementos suficientes para asegurar que Sortu es una continuación de un partido ilegalizado y que por tanto tiene que aplicarse la Ley de Partidos y procederse a su ilegalización (...) Estamos muy satisfechos con ello", dijo el titular de Justicia en declaraciones a la Cadena Ser.

La Sala 61 - una sala especial que trata los procesos de declaración de ilegalidad de partidos políticos - había comenzado el lunes a debatir las demandas interpuestas por la Fiscalía y la Abogacía contra la inscripción de Sortu, y el mismo miércoles comenzó su deliberación.

Sortu (nacer o crear en euskera) se presentó en febrero como una nueva formación de la izquierda 'abertzale' con el objetivo de presentarse a los próximos comicios municipales en el País Vasco, y por primera vez en un partido vinculado con la izquierda radical vasca se expresaba en sus estatutos un rechazo explícito a la violencia de ETA.

La Fiscalía, no obstante, señaló que Sortu había desaprovechado la oportunidad de desvincularse totalmente de Batasuna y ETA con un rechazo explícito y claro de los "actos terroristas", al no posicionarse respecto a las últimas actuaciones policiales en Vizcaya y, entre otros argumentos, aludió a que a su acto de presentación el 7 de febrero en Bilbao acudieron notorios dirigentes de Batasuna.

La Sala 61 ya había impedido en mayo de 2007 la legalización de la marca ASB (Abertzale Sozialisten Batasuna) y en 2003 ilegalizó a Batasuna, Euskal Herritarrok y HB, por considerar que formaban parte del entramado de ETA.

Los dirigentes de la nueva formación sí han expresado su rechazo a los planes de la banda armada conocidos recientemente de atentar contra el lehendakari vasco, el socialista Patxi López, y pidieron su legalización argumentando que cumplían con la Ley de Partidos en todos sus términos.

ETA decretó una tregua "permanente y verificable" a principios de año que ha sido recibida con escepticismo por el Gobierno central y el vasco, que le piden un abandono definitivo de las armas.

Sortu tiene ahora la opción de presentar un recurso ordinario de amparo ante el Tribunal Constitucional en un plazo de 30 días, aunque no está claro que el alto tribunal resuelva antes de la celebración de las elecciones.

El auto con las valoraciones del Tribunal Supremo y los votos particulares se conocerá en los próximos días. Fuente

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