Un juez
establece la custodia compartida para un perro
El Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número dos de Badajoz ha decretado la
custodia compartida de un perro, por períodos de seis
meses, propiedad de una pareja que convivió durante nueve años, de
1996 a 2005.
La sentencia
establece que la mujer sea la primera en disfrutar del animal, al
que encontraron abandonado en el
año 2001, ya que ha sido ella la que en los últimos tiempos
se ha visto privada de su tenencia.
Esto llevó a la mujer a presentar una
demanda de juicio oral contra su ex pareja.
Aunque se separaron en 2005, siguieron compartiendo el perro hasta
el año pasado, en que el hombre se
quedó en exclusiva con el animal, al considerar que él
había sido el que lo había encontrado, lo que, según el juez, no ha
quedado demostrado en el juicio. En principio, los bienes adquiridos
durante una convivencia no se convierten en comunes, ya que
pertenecen a quien los ha adquirido, pero en este caso existe un
régimen de comunidad de bienes,
según el fallo judicial.
Para ello, recurre a la sentencia de 4 de febrero de 2009 dictada
por el Juzgado de Primera Instancia de Badajoz número cinco de
Badajoz, que concluyó que fueron una pareja de hecho y que tenían
una comunidad de vida y otra de bienes, en la que se confundían el
patrimonio de cada uno.
En el juicio, celebrado el pasado 27 de septiembre, se admitió como
prueba de la propiedad compartida del perro
las existencia de dos cartillas veterinarias y las
fotografías aportadas por la demandante.
En los fundamentos de derecho, el juez
alude a una leyenda de unos indios norteamericanos, que
asegura que el dios Nagaicho tenía ya a un perro a su lado cuando
creó el mundo, para señalar que este animal "siempre ha estado ahí"
y concluir que el asunto sí es acreedor a la tutela jurídica.
La sentencia, que señala que la palabra
"perro" tiene 20 millones de
resultados en "Google" y que recoge comentarios de los
internautas sobre el amor que sienten por ellos, añade que un animal
compartido es un bien apropiable y, por lo tanto, objeto de derecho.
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