En mayo del año pasado, el
Tribunal Nacional Antidopaje del
CONI castigó con dos años de suspensión en territorio
transalpino al ganador de la Vuelta a España 2009 por considerarle
relacionado con la 'OP', castigo que fue ratificado este año por el
TAS tras la apelación presentada por el español que por aquel motivo
no pudo correr el último Tour.
Antes, en 2007, tanto la UCI como la
AMA habían presentado otra apelación ante el tribunal suizo, después
de que la Real Federación Española de Ciclismo (RFEC) se negase a
abrir procedimientos disciplinarios contra el jefe de filas del
Caisse d'Epargne, siempre por su presunta relación con la bolsa
'número 18' que la Guardia Civil se incautó en 2004.
No anula sus resultados
El CONI sí logró hacerse con el
contenido de esa bolsa y comparó su sangre con la que le había
extraído a Valverde en un
control en el Tour de Francia de 2008, cuando éste pasó por suelo
italiano. Pese a que desde la defensa del ciclista murciano se
insistía en que el organismo italiano no tenía competencia en este
caso, finalmente el TAS también le dio la razón el pasado mes de
marzo y posteriormente estudió la de la UCI y la AMA contra la RFEC
y el corredor del Caisse d'Epargne.
"El
TAS ha aceptado parcialmente las apelaciones presentadas por la UCI
y la AMA contra la RFEC y Alejandro Valverde. De acuerdo
con esto, el TAS ha impuesto dos años de suspensión a Alejandro
Valverde a partir del 1 de enero de 2010, pero ha negado la petición
de la UCI y la AMA de anular los resultados obtenidos por el
deportista antes de esta fecha", señala la sentencia del TAS. Sí se
le anulan los puntos conseguidos desde enero y tendrá que devolver
los premios ganados.
El tribunal, que hace dos meses ya
había dado su visto bueno al uso de pruebas de la
'operación Puerto' para el caso, encontró "por mayoría" que
las evidencias (la bolsa 'número 18', la prueba científica de que
ésta contenía EPO y la prueba de AND que certificaba que esta sangre
pertenecía a Valverde) eran "suficientes" para concluir que el
ciclista español "cometió una violación del reglamento antidopaje".
Por ello, y en base a la regulación
de la UCI, cuyo artículo
15 se refiere al uso o intento de uso por parte de un corredor de
sustancias o métodos prohibidos, el TAS ha decidido imponer al
actual campeón de la Vuelta a España el castigo de dos años, que
empezará el 1 de enero de este año.
La razón para que la suspensión dé
inicio en esta fecha es, según el tribunal, que "entre otras
razones" la audiencia para este caso "fue inicialmente programada en
noviembre y luego pospuesta a marzo". "Finalmente, el TAS considera
que no existen pruebas de que los resultados obtenidos por Alejandro
Valverde hasta el 1 de enero de 2010 se debiesen a una infracción
antidopaje y decide que la petición de los apelantes para anular
estos resultados fuese anulada", concluye la sentencia.
La UCI, "satisfecha"
con la sanción
La Unión Ciclista Internacional
(UCI) recibió "con satisfacción" la decisión del TAS. "Al
decidir sancionar al corredor español, el TAS ha dado la razón a la
UCI, quien recurrió en 2007, junto a la Agencia Mundial Antidopaje,
la decisión de la Federación española de no abrir expediente
disciplinario contra Valverde por su implicación en la Opaeración
puerto", dice una nota de la UCI.