CÓMO CONSEGUIR UNA VIVIENDA DE
PROTECCIÓN OFICIAL (VPO)
Las viviendas de
protección pública son más baratas y están destinadas a sectores de
la población que no tienen recursos económicos suficientes para
comprar un piso de precio libre. El principal problema es que estas
viviendas sociales son escasas: el Consejo Superior de Colegios de
Arquitectos de España mantiene que el año pasado solo representaron
un 7,7% del total de los 574.029 nuevos pisos que empezaron a
construirse.
Para que una vivienda se considere protegida debe estar calificada
así por el Gobierno o bien por la Comunidad Autónoma
correspondiente, que son los organismos encargados de determinar el
precio, tanto si se trata de un inmueble nuevo como de segunda mano.
Bajo la denominación de vivienda protegida se encuentran las
Viviendas de Protección Oficial y las viviendas sociales.
Viviendas de Protección Oficial (VPO)
Tienen que cumplir los
siguientes requisitos:
Protección del Estado de las fases de promoción, construcción, la venta al
primer propietario y el uso como residencia habitual de la vivienda
de protección oficial.
El usuario tiene la obligación de dedicarla a domicilio habitual y
permanente.
La superficie máxima del piso será 90 metros cuadrados.
Pueden de ser propietarias de este tipo de vivienda las personas físicas o
jurídicas -empresas, cooperativas- pero sólo podrán considerarse
usuarios las personas físicas como familias, parejas, etc.
La renta anual que una familia puede tener para poder optar a una vivienda
de protección oficial es de entre 9.000 y 33.000 euros, aunque puede
haber alguna variación dependiendo de cada Comunidad Autónoma).
Durante el régimen de protección oficial, que dura 20 años, el piso sólo
se puede vender al precio tasado por la Administración.
Viviendas Sociales
Estas son sus principales características:
Protección del Estado de las fases de promoción, construcción, la venta al
primer propietario y el uso como residencia habitual de la vivienda
social.
Destinadas a los sectores sociales con menores ingresos: que no superen
2,5 el salario mínimo interprofesional.
Los precios de venta son inferiores a los establecidos en el régimen
general de las viviendas de protección oficial.
El solicitante tiene que haber vivido en el municipio donde se construye
la vivienda como mínimo un año.
Alquilar una VPO
La Administración fija la renta máxima que debe
pagar el usuario; ésta puede revisarse durante el periodo de
construcción hasta el fin de la obra. La superficie de la vivienda
no podrá superar los 90 metros cuadrados y para alquilarla hay que
cumplir con estos requerimientos:
No superar los 33.000 euros de ingresos familiares anuales.
No puede estar en posesión de otra vivienda.
Debe utilizar la casa como residencia habitual y permanente.
Está obligado a ocupar la vivienda en un plazo de un mes tras la entrega
de las llaves.
Después de pasar 10 años de régimen de alquiler en la vivienda puede
comprarla a precio de protección oficial mediante acuerdo con el
propietario.
La Administración es la encargada de fijar la renta máxima.
Viviendas en cooperativa
El primer paso para adquirir
una vivienda a través del sistema de cooperativas es que el
interesado acuda a la federación de cooperativas de la comunidad
donde reside o donde desee obtener el piso. Se trata de recabar
información y evitar fraudes, y para ello conviene tener en cuenta
los siguientes aspectos:
La cooperativa tiene que estar inscrita en el Registro de Cooperativas y
constituida ante notario.
Las cuotas de los socios se deberán ingresar en una cuenta abierta para
tal propósito. Existen tres tipos de aportaciones económicas: una al
capital social, otra de ingresos para gastos de la cooperativa y
otra más que corresponde a la financiación de la vivienda.
Debe existir un proyecto técnico o anteproyecto en el que se reflejen
claramente los plazos estimados de ejecución de la obra.
La aportación para financiar la vivienda tiene que estar garantizada por
un seguro o un aval bancario. En el momento de iniciar los pagos el
usuario recibe un contrato de adjudicación provisional que es una de
sus garantías.
Si el cooperativista decide adquirir un piso de, por ejemplo, 120.000
euros (20 millones de pesetas) tiene que aportar en principio, el
20%, es decir, 24.000 €. De esta cantidad una parte se destina a la
compra del terreno y el resto se divide en cuotas hasta que se
construya la vivienda y se pueda pagar el resto de su precio.
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