LAS ETIQUETAS DE LOS JUGUETES Y
LA SEGURIDAD
Con motivo de las fiestas de Navidad y Reyes, cuando las
compras de juguetes incrementan considerablemente, es momento de que
los compradores tengan en cuenta una serie de normas de seguridad y
etiquetado que deben tener todos los juguetes que están a la venta.
En este sentido, la Unión de Consumidores Españoles (UCE) vela por
que la normativa se cumpla estrictamente y da unos consejos que se
deben considerar a la hora de efectuar cualquier compra.
La UCE es una asociación formada a
partir de diferentes entidades y asociaciones de consumidores, cuyo
ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español. Desde
1985, año de su creación, la UCE ha tratado de aglutinar los
intereses de los ciudadanos y defender sus derechos como
consumidores. Esta entidad recomienda como norma general que en la
adquisición de juguetes se observen las precauciones que se deben
tener al realizar cualquier tipo de compra y que se evite dejarse
influenciar por la publicidad utilizada para seducir a los pequeños.
El juguete debe ser adecuado para la
edad y desarrollo intelectual del niño. Debe permitir al pequeño
desarrollar su imaginación y alternativas de aprendizaje o
distracción y la calidad de sus componentes no debe presentar
riesgos para la salud y la seguridad de éste. Desde el uno de enero
de 1990, todos los juguetes comercializados en la Unión Europea
deben respetar las exigencias de seguridad que define la legislación
comunitaria. Además, el etiquetado debe ofrecer unas instrucciones
claras y precisas sobre su funcionamiento y utilización, así como la
homologación "CE".
Y es que estas normas son muy
importantes para evitar que los niños sufran lesiones de cualquier
tipo relacionadas con los juguetes. El pasado año cerca de 150.000
niños sufrieron lesiones en Estados Unidos y tuvieron que ser
ingresados en hospitales debido a un mal uso de los juguetes. Por
ello, es necesario que los padres elijan objetos adecuados para la
edad de sus hijos.
Material peligroso para
los niños
La UE regula la comercialización de los juguetes y artículos de
puericultura fabricados con PVC blando, ya que los juguetes
fabricados con este material pueden contener ftalatos, que son
peligrosos para la salud de los niños. Asimismo, los artículos deben
indicar el material con que han sido fabricados en la etiqueta.
Las etiquetas o embalajes de los
juguetes, así como las instrucciones que les acompañan, han de
alertar al consumidor de los riesgos que puede suponer su uso y de
la forma de evitarlos. El grado de riesgo de uso de un juguete ha de
ser proporcional a la capacidad de los usuarios y, por lo tanto, de
las personas que los cuidan para hacer frente a éste. Este es el
caso especialmente de los juguetes que, por sus funciones,
dimensiones o características, se destinan al uso de niños menores
de treinta y seis meses. En el caso de los niños de esta edad, los
juguetes han de contar con una dimensiones suficientes para que no
puedan ser tragados o inhalados. Para respetar este principio, se ha
de especificar siempre que sea necesario la edad mínima de los
usuarios de los juguetes y de la necesidad de que se usen únicamente
bajo la presencia de un adulto.
En este sentido, los juguetes -o sus
fijaciones en caso de tratarse de objetos desmontables- deben tener
resistencia mecánica y la estabilidad suficiente para soportar las
tensiones debidas al uso sin roturas que puedan causar heridas. Los
bordes o salientes han de diseñarse de manera que el contacto con
ellos no presente riesgo de lesiones corporales.
La normativa también regula la
comercialización de juguetes que contengan elementos que produzcan
calor. Estos deben construirse de forma que la temperatura máxima
que alcancen no puedan provocar quemaduras al tocarlos. Los juguetes
no pueden constituir un peligroso elemento inflamable en el medio
ambiente del niño, por lo que deben estar construidos con materiales
que no se quemen al quedar expuestos a una llama o chispa.
Lógicamente, los juguetes no pueden ser explosivos o contener
elementos o sustancias que puedan explotar.
Las normas vigentes también limitan
la tensión eléctrica de aquellos juguetes que funcionan con
electricidad, que en ningún caso podrán exceder los veinticuatro
voltios. Estos objetos tampoco podrán contener elementos o
sustancias radioactivas en proporciones que puedan ser nocivas para
el niño.
Al margen de los materiales con los
que se elaboran los juguetes, la normativa también señala la
obligatoriedad de que los toboganes, columpios, anillas, trapecios,
cuerdas y juguetes montados sobre soportes vayan acompañados de sus
instrucciones de uso.
La legislación vigente prevé que en
caso de que algún juguete no responda a las exigencias esenciales de
seguridad, que el Estado debe adoptar las medidas necesarias para
retirar estos productos del mercado.
Fuente
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