Las 7
infracciones que ya no restarán puntos
Aparcar en el carril bus y conducir sin
el alumbrado cuando sea obligatorio dejarán de restar puntos del
carné a partir de este miércoles, después de que un día antes se
publicara en el
Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de Tráfico que aprobó el
Congreso de los Diputados el pasado 29 de octubre.
Ambas
forman parte del grupo de siete infracciones que el Congreso sacó de
la lista de conductas que restan puntos del carné de conducir.
Asimismo, circular por autopistas o autovías con
vehículos con los que esté
expresamente prohibido hacerlo y conducir con un vehículo
con una ocupación que
suponga aumentar un 50% o más el número de plazas autorizadas
también dejan de restar puntos.
Además, conducir de forma
negligente, aumentar la velocidad para evitar ser
adelantado, así como parar o estacionar en las curvas, cambios de
rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro
lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o a los
peatones tampoco restará puntos. No obstante, todas estas conductas
seguirán conllevando una sanción económica.
Por otro lado, la nueva ley establece
que al día siguiente de publicarse en el BOE
entrarán en vigor las consecuencias
positivas para los conductores de la norma, lo que implica
que la DGT tendrá que archivar todos los expedientes de multas que
hayan sido recurridos por alguna de las infracciones que dejan de
restar puntos. Es decir, un conductor que haya perdido dos puntos
por parar en el carril bus y que haya recurrido la sanción, si
todavía no ha recibido la resolución de la administración no perderá
sus puntos.
Especial implicación tendrá la nueva ley a partir del miércoles en
Cataluña. Allí, en algunas autovías de circulación existen límites
de 80 kilómetros por hora. Pues bien, la nueva ley establece que
sólo se retirarán puntos a partir
de los 130 kilómetros por hora, por lo que a partir de hoy
los conductores que en estos tramos de autopistas superen los 80
kilómetros hora ya no perderán puntos. Igualmente, los expedientes
en tramitación por esta sanción se archivarán.
En otro orden de temas, a partir del miércoles,
desaparecerá la sanción de
suspensión temporal del carné de conducir. Así, la única
forma de perder el carné será agotar todo el saldo de puntos o que
un juez retire el permiso, pero ya no se utilizará la suspensión
temporal del permiso como castigo administrativo como ocurría hasta
ahora.
Próximos cambios, en
seis meses
No obstante, la mayor parte de la norma entrará en vigor dentro de
seis meses, cuando se empezará a aplicar el descuento del 50% por
pronto pago o las nuevas sanciones, como la utilizar
inhibidores de radar o manipular la
matrícula para que no se vea, ambas multadas con 6 puntos y
6.000 euros.
Mientras, dentro de un año entrará en vigor los aspectos
relacionados con la administración electrónica, como la posibilidad
de recibir las notificaciones de multas por correo electrónico
-obligatorio para las empresas y voluntario para las personas
físicas- o el Tablón Edictal de Tráfico, la página web donde se
publicarán las infracciones
cometidas por los conductores, a diferencia de lo que
ocurre ahora, que se publican en los boletines oficiales de la
provincia donde se cometió la infracción.
Fuente
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