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Z
DEBE
Nombre que se da al lado izquierdo de una cuenta del libro mayor.
Nombre que se da a la columna de cifras en la que se anotan los
cargos. Lado contrario al "haber" de una cuenta.
DEBITO
Partida que se asienta en el "debe" de una cuenta. Deuda.
En contabilidad implica cualquier cantidad que al asentarse o
registrarse incrementa el saldo de un pasivo o decrementa el saldo
de un activo.
DECLARACION
Manifestación escrita que se presenta a las autoridades fiscales
para el pago de las obligaciones impositivas. En estas declaraciones
se determina la utilidad gravable o los ingresos gravables, de
acuerdo al tipo de causante de que se trate.
DECRETO APROBATORIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION
Documento que emite la H. Cámara de Diputados una vez sancionado el
conjunto de normas, disposiciones y restricciones que orientarán la
ejecución del gasto de las entidades de la Administración Pública
Federal que aparecen en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
DEDUCCIONES DE LOS INGRESOS
Los gastos que conforme a las leyes fiscales se pueden descontar
para fijar la utilidad gravable de una empresa. En el Estado de
Pérdidas y Ganancias se agrupan bajo este rubro, los gastos que no
representan costos de manufactura o de operación, ni compras de
materias primas, de mercancías o abastecimientos, sino que tienen un
carácter de gastos financieros, como los intereses pagados sobre
bonos u obligaciones, hipotecas, documentos por pagar, etc. o bien
que tienen un carácter de pérdidas extraordinarias o imprevistas.
DEFICIT
La diferencia que resulta de comparar el activo y el pasivo de una
entidad, cuando el importe del último es superior al del primero, es
decir cuando el capital contable es negativo.
Saldo negativo que se produce cuando los egresos son mayores a los
ingresos. En contabilidad representa el exceso de pasivo sobre
activo. Cuando se refiere al déficit público se habla del exceso de
gasto gubernamental sobre sus ingresos; cuando se trata de déficit
comercial de la balanza de pagos se relaciona el exceso de
importaciones sobre las exportaciones.
DEFICIT A FINANCIAR
Resultado negativo de la confrontación entre los ingresos y gastos
de un ejercicio. Este concepto debe mencionarse solamente para
efectos presupuestarios. Se utiliza para conocer los requerimientos
de recursos necesarios para financiar las actividades de operación y
de inversión del Sector Público.
Es el resultante de la diferencia entre ingresos y gastos de un
ejercicio para conocer faltantes, e indicar con ello los
requerimientos de recursos necesarios para financiar las actividades
de operación y de inversión del Sector Público.
DEFICIT DE CAPITAL
Diferencia negativa que resulta de la comparación entre los ingresos
y egresos de capital de las entidades del Sector Público.
DEFICIT ECONOMICO
Es el faltante en que incurre el Estado al intervenir, mediante el
gasto público, en la actividad económica en forma directa.
Representa el resultado negativo de la diferencia entre los ingresos
y egresos, tanto del Gobierno Federal como de las entidades
paraestatales de control presupuestario directo o indirecto.
El déficit económico se obtiene sumando al déficit presupuestario el
no presupuestario. El déficit presupuestario resulta de la
diferencia negativa de los ingresos petroleros y no petroleros con
los gastos presupuestarios del Gobierno Federal y del sector
paraestatal de control directo. El déficit no presupuestario es el
resultado negativo de la diferencia entre los ingresos y los gastos
del DDF y de los organismos y empresas de control presupuestario
indirecto.
DEFICIT FINANCIERO (DEFICIT DEL SECTOR PUBLICO)
Es la diferencia negativa que resulta de la comparación entre el
ahorro o desahorro en cuenta corriente, y el déficit o superávit en
cuenta de capital; expresa los requerimientos crediticios netos de
las entidades involucradas.
Muestra el faltante total en que incurre el Estado al intervenir en
la actividad económica nacional. Resulta de sumar el déficit
económico con la cifra neta de la intermediación financiera.
DEFICIT O SUPERAVIT
Resultado negativo o positivo que se produce al comparar los egresos
con los ingresos de un ente económico.
DEFICIT O SUPERAVIT DE CAJA
Se incurre en déficit cuando los ingresos recaudados en la Tesorería
de la Federación por concepto de la Ley de Ingresos de la
Federación, no alcanzan a cubrir el monto de los pagos que realiza.
En el caso de superávit, los primeros exceden a los segundos,
expresa los resultados del Gobierno Federal; y resulta de sumar al
déficit presupuestario, la variación en cuentas ajenas.
Resultado que se obtiene al comparar los ingresos y egresos líquidos
disponibles de las entidades del sector paraestatal, incluyendo
transferencias.
DEFICIT O SUPERAVIT ECONOMICO PRIMARIO
Resultado que se obtiene de comparar ingresos y egresos totales del
sector público, excluyendo los intereses de la deuda. Este concepto
mide la parte del déficit fiscal sobre la cual se puede ejercer
control directo, ya que el servicio de la deuda es en gran medida
gasto condicionado por la economía en general.
DEFICIT O SUPERAVIT EXTRAPRESUPUESTARIO (BALANCE)
Saldo que resulta de comparar el ingreso y gasto de las entidades
paraestatales de control presupuestario indirecto.
DEFICIT O SUPERAVIT FINANCIERO (BALANCE)
Resultado que se obtiene al comparar los ingresos totales sin
financiamiento y los gastos totales sin amortización de las
dependencias y entidades públicas. En cuanto a las entidades
involucradas, se incluye a las de control directo e indirecto, así
como a los intermediarios financieros.
DEFICIT O SUPERAVIT MONETARIO (BALANCE)
Resultado que se obtiene de la confrontación entre ingresos y gastos
netos del sector público y que permite establecer sus necesidades
reales de fondos. Comúnmente se utiliza para comprobar la veracidad
del saldo de la cuenta corriente del Gobierno Federal en el Banco de
México.
El déficit monetario es la diferencia negativa, entre los ingresos y
los gastos efectivos, ajustada por las economías, el gasto ejercido
pendiente de pago y la variación en las cuentas ajenas. Es el
equivalente a los movimientos netos de la deuda pública y de la
variación en las disponibilidades de las entidades públicas. El
superávit monetario es lo contrario.
DEFICIT O SUPERAVIT OPERACIONAL (BALANCE)
Es el que se obtiene al restar del superávit económico primario la
amortización inflacionaria del saldo de la deuda pública en moneda
nacional.
DEFICIT O SUPERAVIT PRESUPUESTARIO (BALANCE)
Es el saldo negativo o positivo que resulta de comparar los gastos e
ingresos del Gobierno Federal y de los organismos y empresas de
control presupuestario directo, cuyas previsiones financieras están
contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación, sin
considerar amortización, y el resultado en cuentas ajenas.
DEFICIT PRESUPUESTARIO
Corresponde al resultado de la confrontación entre el déficit
financiero contra el aumento neto de la deuda con saldo negativo, o
bien el monto obtenido al restar de los ingresos, los egresos
presupuestarios, siendo éstos últimos de mayor cuantía. En la
interpretación económica, resulta de adicionar al déficit de
capital, la adquisición de activos financieros a largo plazo, neto.
DEFICIT, SUPERAVIT Y EQUILIBRIO
Déficit es la situación en que los ingresos son inferiores a los
egresos; cuando ocurre lo contrario hay superávit; y si los ingresos
y gastos son iguales, la balanza está en equilibrio.
DEFLACION
Fenómeno económico consistente en el descenso general de precios
causado por la disminución de la cantidad de circulante monetario,
lo cual a su vez origina una disminución en el ritmo de la actividad
económica en general, afectando entre otros aspectos el empleo y la
producción de bienes y servicios. Constituye la situación inversa de
la inflación.
Proceso sostenido y generalizado de disminución de precios en un
país; es un fenómeno contrario a la inflación.
DEFLACTOR
Se refiere al indicador de precios que se aplica a los valores
corrientes, con la finalidad de expresarlos en términos reales o
constantes, a precios de un año de referencia.
División de un valor a precios de cada año (corriente o nominal)
entre el valor a precios de un año base (constante o real); es
también la división entre 100 de un índice de precios.
Adicionalmente es el incremento en términos decimales de la tasa
acumulativa de precios o tasa media de incremento en precios es
decir:
valor a precios corrientes índice de precios
Deflactor = -------------------------------------- =
-----------------------------
valor a precios constantes 100
= 1(1+h)...(1+hn) = 1(1*h)h
donde: h = tasa inflación del año medido decimalmente y
*h = tasa media anual de crecimiento de los precios en decimales.
n = número de años.
DEFLACTOR IMPLICITO DEL PIB
Indicador que muestra cuantas veces han aumentado los precios de la
producción doméstica libre de duplicaciones, como consecuencia del
incremento en el índice implícito de precios del PIB.
Existen cuatro maneras de medir el deflactor del PIB y son:
a) Dividiendo el producto interno bruto a precios de cada año entre
el producto interno bruto en un año base es decir:
PIB nominal (o corriente)
D.I.PIB = --------------------------------
PIB real (o constante)
b) El resultado de multiplicar la oferta monetaria por su velocidad
dividido entre el producto interno bruto a precios constantes es
decir:
Oferta monetaria X velocidad de circulación del dinero
D.I.PIB =
------------------------------------------------------------------------------
PIB REAL
c) Multiplicando el aumento anual de precios de los años entre sí en
decimales.
D.I.P = 1(1 + h1) (1 + h2) (1.hn)
ejem.: = 1 + (1.04) (1.20) (1,12)
d) El resultado de la suma de la tasa media anual de crecimiento en
los precios en términos decimales más uno se eleva a la n potencia
que corresponde al periodo de análisis, es decir:
1(1 + TMA. Inflación) 1(1 + n)
D.I.PIB = --------------------------------------------
100
Este deflactor puede presentarse en su primera, tercera y cuarta
manera para cada sector o como promedio ponderado de la economía y
en el segundo caso como medición del promedio ponderado de la
actividad económica en general.
DELEGADO FIDUCIARIO
Es el funcionario autorizado para actuar, como lo indica la ley, con
respecto al inversionista para hacer cumplir las normas y leyes que
guíen el fideicomiso.
DEMANDA
Cantidad de bienes y servicios que los agentes económicos desean y
pueden comprar a un precio dado en un periodo determinado.
En teoría la demanda y la oferta son los dos componentes básicos que
fijan el precio de los bienes y servicios.
Deseo de cualquier persona por adquirir un bien o servicio
económico.
DEMANDA AGREGADA
Es la cantidad de bienes y servicios que las familias, las empresas,
el gobierno y el resto del mundo pueden y desean obtener a un
determinado nivel de precios y en un periodo determinado en el país.
El Sistema de Cuentas Nacionales desglosa la demanda agregada de
acuerdo a la función económica que realizan los compradores en la
demanda intermedia y demanda final.
DEMANDA EFECTIVA
Conjunto de mercancías y servicios que los consumidores realmente
adquieren en el mercado en un tiempo determinado y a un precio dado.
La demanda efectiva es el deseo de adquirir un bien o servicio, más
la capacidad que se tiene para hacerlo.
Punto de equilibrio entre demanda global y oferta global; es decir,
combinación de puntos en donde el sector gasto monetario y los
sectores producción y empleo están en equilibrio.
DEMANDA FINAL
Está integrada por el valor de las compras que realizan los
consumidores finales de los bienes y servicios generados por las
unidades productivas. Se consideran demandantes a las familias y al
gobierno. Se incluyen asimismo dentro de este rubro las
exportaciones, la variación de existencias y la formación bruta de
capital fijo.
DEMANDA GLOBAL
Es el valor de las compras realizadas por las empresas, las
familias, el gobierno y el exterior, de los bienes y servicios
producidos por la economía en un periodo determinado.
Es el conjunto de bienes y servicios que el total de los
consumidores están dispuestos a adquirir en el mercado a un precio y
tiempo determinado.
En contabilidad nacional la demanda global comprende el consumo
privado -el de las familias y las instituciones privadas sin fines
de lucro- y el consumo de gobierno; también quedan incluidos el
valor de las exportaciones y de la formación bruta de capital.
DEMANDA INTERMEDIA
Está constituida por el consumo de un conjunto de bienes y servicios
tales como materias primas, materiales de oficina, combustibles,
servicios profesionales, de asistencia técnica, etc., que se emplean
directamente en los procesos productivos que llevan a cabo los
establecimientos industriales, comerciales y de servicios, con el
fin de generar otros bienes y servicios que pueden ser de uso
intermedio o final.
DENOMINACION DE ORIGEN
Se entiende por denominación de origen el nombre de una región
geográfica del país que sirva para designar un producto originario
de la misma, y cuya calidad o característica se deban exclusivamente
al medio geográfico, comprendiendo en éste los factores naturales y
los humanos. Para su autorización, en el caso de México, se debe
acudir a la SECOFI.
DEPENDENCIA
Es aquella institución pública subordinada en forma directa al
Titular del Poder Ejecutivo Federal en el ejercicio de sus
atribuciones y para el despacho de los negocios del orden
administrativo que tiene encomendados. Las dependencias de la
Administración Pública Federal son las secretarías de estado y los
departamentos administrativos según lo establece la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal. El acuerdo de sectorización
reserva el concepto de dependencias a los organismos públicos del
Sector Central que no son coordinadores de sector y da la
denominación de secretaría a los que sí lo son.
DEPOSITO
En el caso de los depósitos bancarios se constituye por dinero y/o
cheques, instrumentos de ahorro, cupones, efectos comerciales,
pagarés, etc., que pueden ser transformados fácilmente en efectivo.
El depósito tiene como finalidad mantener el saldo positivo de una
cuenta bancaria, mantener la disponibilidad de una línea de crédito
u otros servicios bancarios.
DEPOSITO A LA VISTA
Aquél en que los bienes depositados pueden ser solicitados por el
depositante en cualquier momento.
Dinero que se deposita en cuenta corriente, por ejemplo, los
depósitos bancarios que se pueden retirar sin aviso previo. Entrega
de dinero títulos o valores a una institución bancaria con el objeto
de que se guarden y se regresen mediante la presentación de un
documento "a la vista" que ampare dichos bienes. Legalmente el
depósito a la vista significa un crédito contra el activo de un
banco; un ejemplo es la cuenta de cheques .
DEPOSITO A PLAZO
Dinero en una cuenta bancaria que rinde dividendos y para la cual el
banco puede requerir que se le notifique por anticipado del retiro
total o parcial de diversos recursos. Cuando el depósito es a plazo
fijo sólo puede ser retirado en el plazo estipulado.
DEPRECIACION (CONSUMO DE CAPITAL FIJO)
Es la pérdida o disminución en el valor material o funcional del
activo fijo tangible, la cual se debe fundamentalmente al desgaste
de la propiedad porque no se ha cubierto con las reparaciones o con
los reemplazos adecuados.
Es un procedimiento de contabilidad que tiene como fin distribuir de
manera sistemática y razonable, el costo de los activos fijos
tangibles menos su valor de desecho (si lo tienen) entre la vida
útil estimada de la unidad. Por tanto, la depreciación contable es
un proceso de distribución y no de valuación.
Pérdida de valor por el uso de un activo fijo que no se restaura
mediante reparaciones o reposición de partes. Deterioro que sufren
los bienes de capital durante el proceso productivo, cuantificable y
aplicable en los costos de producción.
DEPRECIACION ACELERADA
Se llama así al procedimiento empleado para distribuir en un plazo
mínimo el costo de inversión en maquinaria. Dicho procedimiento
considera un plazo de tres años, mucho menor en comparación al de 10
años que normalmente se pudiera considerar para recuperar el costo
de la inversión.
Método de depreciación en que el costo de un activo se va
recuperando a un ritmo mayor que bajo el método de línea recta. Las
tres técnicas utilizadas son: línea recta, sumas de dígitos y saldo
de doble declinación.
DEPRECIACION ACUMULADA
Cuenta de valuación de activo fijo que representa las provisiones
para depreciación, conocidas también como reservas para depreciación
o depreciación acumulada (o devengada).
DEPRECIACION EN LINEA RECTA
Aquélla que se determina en igual valor durante todos los periodos,
mediante la aplicación de un porcentaje fijo. Este es el criterio de
depreciación que considera para casos normales la Ley del Impuesto
Sobre la Renta.
DEPRECIACION REAL
Es aquélla que no se determina por medio de cálculos técnicos, sino
en virtud de una inspección ocular o directa de las propiedades de
la entidad. No es la diferencia entre el costo original y el valor
actual sino que se aprecia por medio de un porcentaje sobre su costo
original o sobre su costo de reposición a los precios vigentes en la
fecha de la estimación. Por ejemplo: si una propiedad vale 85 por
ciento del precio de nueva a la que sea exactamente igual, la
depreciación real es del 15 por ciento de su costo o de su costo de
reposición, según las circunstancias. No debe confundirse la
"depreciación real" con los cambios de valor motivados por
oscilaciones de las escalas de precios.
DERECHOS
La cantidad que se paga, de acuerdo con el arancel, por la
importación o exportación de mercancías o por otro acto determinado
por la ley.
Son las contribuciones establecidas en ley por el uso o
aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así
como por los servicios que presta el Estado en sus funciones de
derecho público, excepto cuando se prestan por organismos
descentralizados. También son derechos las contribuciones a cargo de
los organismos públicos descentralizados por prestar servicios
exclusivos del Estado.
DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG)
Tipo de divisa emitida por el Fondo Monetario Internacional a la
cual tienen derecho todos los países miembros según sus
aportaciones. En la realidad, los DEG son partidas contables que
lleva el FMI y se asignan a cada país en proporción a sus cuotas.
Algunas características de los derechos especiales de giro son: no
pueden ser utilizados en la compra de bienes y servicios; los pueden
usar los socios del fondo que tengan déficit en su balanza de pagos,
o que estén perdiendo reservas monetarias. La importancia de los DEG
radica en que contribuyen a incrementar la liquidez internacional
que está basada en el oro o en reservas de divisas.
DERECHOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DE DOMINIO PUBLICO
Son las contribuciones que percibe el Gobierno Federal por el uso o
aprovechamiento que hacen los particulares de los bienes de dominio
público de la Nación.
DERECHOS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS EXCLUSIVOS DEL ESTADO A
CARGO DE ORGANISMOS PARA SU VENTA
Son las contribuciones a cargo de los organismos públicos
descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.
DERECHOS POR SERVICIOS QUE PRESTA EL ESTADO EN SERVICIOS PUBLICOS
Son contribuciones que realizan los usuarios como contraprestación a
los servicios que presta el Estado, en sus funciones de derecho
público.
DEROGACION
Privación parcial de la vigencia de una ley, que puede ser expresa
(resultante de una disposición de la ley nueva) o tácita (derivada
de la incompatibilidad entre el contenido de la nueva ley y el de la
derogada).
DEROGAR
Acto jurídico a través del cual pierden su vigencia alguna o algunas
de las disposiciones contenidas en el cuerpo de un instrumento
jurídico ya sea una ley, decreto, acuerdo o reglamento.
DESARROLLO ECONOMICO
Transición de un nivel económico concreto a otro más avanzado, el
cual se logra a través de un proceso de transformación estructural
del sistema económico a largo plazo, con el consiguiente aumento de
los factores productivos disponibles y orientados a su mejor
utilización; teniendo como resultado un crecimiento equitativo entre
los sectores de la producción. El desarrollo implica mejores niveles
de vida para la población y no sólo un crecimiento del producto, por
lo que representa cambios cuantitativos y cualitativos. Las
expresiones fundamentales del desarrollo económico son: aumento de
la producción y productividad per - cápita en las diferentes ramas
económicas, y aumento del ingreso real-per - cápita.
DESARROLLO SOCIAL
Proceso indicador de cambio en el perfil de una economía, orientado
a canalizar en montos suficientes los beneficios del crecimiento y
del ingreso nacional a los sectores sociales.
DESARROLLO SUSTENTABLE
Es el desarrollo económico caracterizado por el uso de la tecnología
más apropiada en la producción para evitar la contaminación o
degradación ecológica, y posibilitar la explotación racional de los
recursos naturales.
DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA
Acción de transferir autoridad y capacidad de decisión en organismos
del sector público con personalidad jurídica y patrimonio propios,
así como autonomía orgánica y técnica (organismos descentralizados).
Todo ello con el fin de descongestionar y hacer más ágil el
desempeño de las atribuciones del Gobierno Federal. Asimismo, se
considera descentralización administrativa a las acciones que el
Poder Ejecutivo Federal realiza para transferir funciones y
entidades de incumbencia federal a los gobiernos locales, con el fin
de que sean ejercidas y operadas acorde a sus necesidades
particulares.
DESCONCENTRACION ADMINISTRATIVA
Proceso jurídico-administrativo que permite al titular de una
institución, por una parte, delegar en sus funcionarios u órganos
subalternos las responsabilidades del ejercicio de una o varias
funciones que le son legalmente encomendadas, excepto las que por
disposición legal debe ejercer personalmente, y por otra, transferir
los recursos presupuestarios y apoyos administrativos necesarios
para el desempeño de tales responsabilidades, sin que el órgano
desconcentrado pierda la relación de autoridad que lo supedita a un
órgano central. La desconcentración administrativa es una solución a
los problemas generados por el congestionamiento en el despacho de
los asuntos de una dependencia de gobierno.
Proceso jurídico-administrativo tendiente a erradicar la
concentración funcional y operativa de los distintos órganos de
gobierno, mediante la delegación de funciones, responsabilidades
operativas y recursos a órganos desconcentrados ubicados en las
distintas regiones del país, sin que pierdan la relación de
autoridad que los supedite a un órgano central.
DESCONCENTRACION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA
Es el proceso de transferir total o parcialmente las funciones de
las actividades productivas y sociales a las diferentes regiones
geográficas del país, a fin de impulsar polos de crecimiento y
aumentar el volumen de satisfactores a la población.
DESCONCENTRACION INDUSTRIAL
Proceso mediante el cual se limita el asentamiento industrial en
zonas de alta concentración poblacional a través de un procedimiento
normativo que impida su radicación y otorgando incentivos fiscales y
financieros a empresas que se asienten en otros municipios o áreas
susceptibles para su desarrollo.
DESCONCENTRACION POBLACIONAL
Proceso mediante el cual se norma y racionaliza los asentamientos
humanos, incentivando a la población a que se ubique en municipios
de baja o media concentración poblacional; es decir, aquéllos donde
la explosión demográfica no es alta. Lo anterior se realiza a través
de estímulos, generación de empleos remunerativos y la limitación de
usos del suelo para vivienda en zonas densamente pobladas.
DESCONTAR
Obtener o conceder una rebaja por concepto de intereses
correspondientes al pago anticipado de una cuenta o de un título de
crédito. Vender o comprar títulos de crédito con anticipación a su
vencimiento mediante la rebaja correspondiente de los intereses que
se pacten en la operación. En general, bonificar o rebajar una
cantidad al tiempo de pagar una cuenta o un documento.
DESCUENTO
Es la diferencia entre el valor actual y el nominal de un documento
por vencer. La operación de adquirir, antes del vencimiento, valores
generalmente endosables deduciendo un tanto por ciento.
DESCUENTO BANCARIO Y FINANCIERO
Adquisición de documentos negociables antes de su vencimiento con
adelanto del nominal al cedente, una vez deducidos los intereses y
las comisiones.
DESCUENTO POR PRONTO PAGO
El que se concede u obtiene por pagos de las deudas contraidas,
hechos con anterioridad al vencimiento o que se efectúen dentro de
periodos cortos, así convenidos de antemano.
DESCUENTOS Y PERCEPCIONES A FAVOR DE TERCEROS
Retenciones que se aplican a diversos pagos por cuenta de terceros
con objeto de entregarlos posteriormente a éstos, tales como
retenciones a favor del ISSSTE, FOVISSSTE, sindicatos, pensiones
alimenticias y retención del Impuesto Sobre la Renta.
DESECONOMIAS DE ESCALA
Las condiciones internas o externas de una empresa que explican el
crecimiento de los costos (medios) debido a un aumento en la escala
de operación.
DESEMBOLSO
Fase de una transacción financiera que mide los pagos efectuados.
Representa una salida de fondos.
DESEMBOLSO DE CAPITAL
Gasto con el que efectúan compras que se suman al activo fijo o lo
incrementan, es decir, gasto que se aprovecha en periodos futuros.
DESEMPLEO
Situación de uno o varios individuos que forman parte de la
población en edad de trabajar y con disposición de hacerlo, pero que
no tienen una ocupación remunerada; es decir, no desempeñan
actividad económica alguna.
Ocio involuntario de una persona que desea trabajar a los tipos de
salarios actuales, pero que no puede encontrar empleo, el término se
puede aplicar a otro tipo de factores tales como capital, tierra,
ahorro y otros.
DESEMPLEO ABIERTO
Es la proporción de la fuerza de trabajo no utilizada; comprende a
todas las personas de 12 años o más que, en la semana de referencia
de la encuesta, se encontraban sin empleo asalariado o por su cuenta
(menos de 1 hora a la semana), disponibles a aceptar empleo y que
realizaron acciones concretas de búsqueda de trabajo en las ocho
semanas anteriores al periodo de referencia, es decir, contestaron
avisos de periódicos o de recomendaciones familiares, e intentaron
ejercer alguna ocupación por su cuenta.
DESGRAVACION
Reducción en la carga impositiva en actividades seleccionadas de
conformidad con los objetivos de política económica aplicados por la
autoridad fiscal.
DESINCORPORACION DE EMPRESAS PUBLICAS
Proceso que consiste en reducir la participación del Estado en áreas
o actividades económicas no estratégicas ni prioritarias, a través
de la venta, liquidación, extinción, transferencia o fusión de
entidades del sector paraestatal. Dicho proceso constituye una parte
importante del redimensionamiento del sector público y tiende a
liberar recursos para orientarlos a objetivos de mayor prioridad.
Los criterios que orientan la desincorporación, resultan de diversas
consideraciones referentes a la situación real que guardan las
empresas, fundamentalmente en lo que se refiere a los aspectos
financieros, operativos, comerciales, administrativos y legales.
Se sujetan a la liquidación o extinción aquellas entidades cuyas
actividades se duplican; las que han alcanzado los propósitos para
los cuales fueron creadas; las que no cumplen con sus fines u
objetivo social, o cuyo financiamiento no es conveniente desde el
punto de vista de la economía nacional o del interés público,
considerando muy especialmente aquéllas que enfrentan una difícil
situación financiera y técnica y en donde no es viable mantener su
operación, a no ser que se les siga proporcionando apoyos
gubernamentales, ahora sujetos a una racionalización estricta en
función a las prioridades nacionales.
La fusión se efectúa cuando la relación existente entre sus
actividades permite unificar programas y objetivos, mejorar sus
estructuras administrativas, simplificar sus procesos de producción,
optimizar el empleo de sus recursos financieros, técnicos y humanos,
y en general, incrementar su eficiencia y productividad.
La transferencia a los gobiernos de los estados tiene como propósito
fundamental contribuir al fortalecimiento de una política de
descentralización, del federalismo, de la autonomía del municipio y
de la promoción del desarrollo regional donde las entidades realizan
sus actividades.
Finalmente, se someten a proceso de venta aquellas entidades en las
que, por no tener el carácter de estratégicas o prioritarias, la
presencia estatal no se justifica.
La normatividad de las ventas surge de las leyes y reglamentos que
en forma general o específica rigen la formación, estructura,
operación y desincorporación de una empresa paraestatal, tales como
la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, la Ley Federal de Entidades
Paraestatales, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público
Federal y la acta constitutiva de la entidad.
DESLIZAMIENTO CAMBIARIO
Cambio gradual y continuo en la paridad de una moneda con respecto a
otras. El deslizamiento cambiario implica una pérdida de valor de la
moneda nacional y se utiliza como un mecanismo de apoyo y estímulo a
las exportaciones, al dar como resultado un abaratamiento en los
bienes y servicios que se ofrecen al exterior.
DESREGULACION
Estrategia para eliminar la excesiva normatividad o dar flexibilidad
a procesos que atañen a todos los sectores de la economía como
normas, requerimientos de calidad, reglas operativas de las
comunicaciones y transportes, hasta eliminar monopolios cuyas
prácticas perjudican fundamentalmente a grupos de menores ingresos.
La desregulación es un requisito indispensable para que los impactos
de la liberalización comercial se puedan absorber con facilidad y se
avance en la obtención de la estabilidad de precios. La eliminación
de regulaciones obsoletas abre nuevos mercados y fomenta los flujos
de inversión.
DEUDA
Cantidad de dinero o bienes que una persona, empresa o país debe a
otra y que constituyen obligaciones que se deben saldar en un plazo
determinado. Por su origen la deuda puede clasificarse en interna y
externa; en tanto que por su destino puede ser pública o privada.
DEUDA AMORTIZABLE O REEMBOLSABLE
Una deuda será amortizable ó redimible cuando a determinada fecha
tenga que pagarse totalmente el capital. En México existe una larga
tradición de amortización de la deuda por lo que se considera que
todas las deudas son amortizables.
DEUDA A VALOR DE MERCADO
Valor cotizado de la deuda en el momento de la compra de títulos de
créditos en relación a otros instrumentos similares.
DEUDA A VALOR NOMINAL
Valor consignado en la carátula del bono de la deuda.
DEUDA EN SUSPENSO
Es una obligación vencida sujeta a renegociación (bonos de la deuda
pública agraria).
DEUDA EXTERNA BRUTA
Suma del total de pasivos financieros contractuales que el sector
público tiene con agentes económicos externos denominados en moneda
extranjera. Considera las variaciones cambiarias y los ajustes.
DEUDA EXTERNA NETA
Deuda externa bruta menos los activos financieros del Gobierno
Federal en el exterior.
DEUDA INTERNA BRUTA
Total de créditos pendientes de pago, pagaderos dentro del país
otorgados al sector público no financiero, denominados en moneda
nacional y extranjera proveniente del Banco de México, Banca
Comercial, de Desarrollo y a través de valores gubernamentales.
DEUDA INTERNA NETA
Es la deuda interna bruta menos las obligaciones totales del sistema
bancario con el Sector Público.
DEUDA NETA TOTAL DEL SECTOR PUBLICO CONSOLIDADA CON EL BANCO DE
MEXICO
Saldo negativo derivado de la consolidación de operaciones del
Sector Público con el Banco de México; agrega las del banco central
con el sector externo, el sector privado, la banca comercial, los
gobiernos estatales y municipales, los intermediarios financieros
del sector privado y los acreedores no sectorizados.
DEUDA PUBLICA
Suma de las obligaciones insolutas del sector público, derivadas de
la celebración de empréstitos, internos y externos, sobre el crédito
de la Nación. Capítulo de gasto que agrupa las asignaciones
destinadas a cubrir obligaciones del Gobierno Federal por concepto
de su deuda pública interna y externa, derivada de la contratación
de empréstitos concertados a plazos, autorizados o ratificados por
el H. Congreso de la Unión. Incluye los adeudos de ejercicios
fiscales anteriores por conceptos distintos de servicios personales
y por devolución de ingresos percibidos indebidamente.
Total de préstamos que recibe el Estado para satisfacer sus
necesidades.
DEUDA PUBLICA A CORTO PLAZO
Obligaciones adquiridas por el Sector Público en un ejercicio
fiscal, cuyo plazo de vencimiento queda comprendido en el mismo
periodo.
DEUDA PUBLICA A LARGO PLAZO
Obligaciones contraidas en un ejercicio fiscal, cuyo plazo de
vencimiento se da en ejercicios posteriores.
DEUDA PUBLICA CON GARANTIA
Obligación externa de un deudor privado cuyo reembolso se encuentra
garantizado por una entidad pública.
DEUDA PUBLICA EXTERNA
Comprende todas las obligaciones contraidas por el Gobierno Federal
con acreditantes extranjeros y pagaderas en el exterior tanto en
moneda nacional como extranjera. Su pago implica salida de fondos
del país.
DEUDA PUBLICA FLOTANTE
Son los compromisos de pago por transacciones económicas ordinarias,
que no se alcanzaron a liquidar al cierre del ejercicio fiscal
correspondiente y que se transfieren al siguiente. Esta deuda se
diferencia de la deuda común, en que no tiene como origen ningún
contrato de empréstito. También se llama Adeudos de Ejercicios
Fiscales Anteriores. (ADEFAS) o pasivo circulante presupuestario.
DEUDA PUBLICA INTERNA
Comprende todas las obligaciones contraidas por el Gobierno Federal
con acreditantes nacionales y pagaderas en el interior del país,
tanto en moneda nacional como extranjera. Su pago no debe implicar
salida de fondos del país.
DEUDA PUBLICA SIN GARANTIA
Obligaciones externas del Sector Privado cuyo reembolso no se
encuentra garantizado por una entidad pública.
DEUDA PUBLICA TITULADA
Es un acto concreto de crédito, por medio del cual los organismos y
empresas del sector público obtienen recursos, quedando constituida
la obligación por bonos, valores, títulos u otra clase de documentos
de crédito.
DEUDA REVOLVENTE
Créditos en los cuales al contratarse se acuerda entre deudor y
acreedor que al llegar al vencimiento de los mismos se
redocumentarán por un plazo igual, mayor o menor a aquél para el que
fue contratado originalmente.
DEUDORES DIVERSOS
Cuenta colectiva cuyo saldo representa el monto total de créditos a
cargo de varias personas, los cuales no están clasificados como
"clientes", "documentos por cobrar" u otro concepto similar.
DEVALUACION
Reducción del valor de la moneda nacional en relación con las
monedas extranjeras. El efecto de la devaluación representa un
abaratamiento de las exportaciones y un aumento de los precios de
las importaciones para el país devaluante en términos de su propia
moneda.
Medida de política económica consistente en disminuir el valor de
una moneda respecto a otra u otras monedas extranjeras, con la
finalidad de equilibrar la balanza de pagos.
DEVENGADO
Es el reconocimiento y registro de un ingreso o un gasto en el
periodo contable a que se refiere, a pesar de que el desembolso o el
cobro pueda ser hecho, todo o en parte, en el periodo anterior o
posterior.
DEVENGAR
Acción de adquirir un derecho y correlativamente una obligación por
el cumplimiento de la condición pactada. Ejem: cuando a un
trabajador se le condiciona la obtención de un salario a la
producción de 5 artículos, una vez producidos éstos, el obrero ha
adquirido el derecho a su salario en virtud de que ha cumplido la
condición establecida y consecuentemente ha devengado su ingreso.
DEVOLUCION DE IMPUESTOS DE IMPORTACION
Instrumento utilizado por el Gobierno Federal como mecanismo
mediante el cual se devuelve a los exportadores los impuestos de
importación que hubieren pagado por las materias primas, partes
componentes y demás insumos de origen extranjero incorporados a los
productos que elaboran y cuyo destino es el mercado externo. (Tipo
Draw Back)
DEVOLUCION DE INGRESOS
Son las disminuciones a la ejecución de la Ley de Ingresos del año
en curso o de años anteriores, por concepto de ingresos percibidos
indebidamente, y pueden ser de índole real o virtual.
DEVOLUCIONES EN EFECTIVO
Monto de las entregas en numerario hechas a los contribuyentes y que
significan disminuciones a la Ley de Ingresos del ejercicio, por
concepto de ingresos percibidos indebidamente.
DEVOLUCIONES VIRTUALES
Disminuciones a la Ley de Ingresos por pagos en exceso, por las que
se constituyen pasivos por saldos a favor de contribuyentes, los
cuales pueden ser compensados por éstos en el pago de nuevas
contribuciones.
DIAGNOSTICO ECONOMICO
Consiste en la descripción, evaluación y análisis de la situación
actual y la trayectoria histórica de la realidad económica, política
y social de un país, o de algún fenómeno o variable que se desea
estudiar, por lo tanto, implica un conocimiento cuantitativo y
cualitativo de la realidad existente y una apreciación de las
posibles tendencias de los fenómenos, lo cual significa realizar
proyecciones de las posibles restricciones técnicas y políticas
sobre las que se desarrolla la economía, a fin de solucionarlas en
el corto, mediano y largo plazos.
DIAGRAMA DE FLUJO
Esquema expresado por medio de símbolos y líneas que conectan entre
sí. a) la estructura y secuencia general de operaciones de una
actividad o programa (diagrama de flujo del programa); b) o al
sistema de procesamiento (diagrama de flujo del sistema).
DIARIO
Llamado también "libro de primera anotación". El libro diario tiene
por objeto registrar en orden cronológico todas las operaciones de
la empresa mediante escrituras o partidas que se denominan asientos
y en él se asentará por primera partida el resultado del inventario
con el que cuenta la entidad al tiempo de dar principio a sus
operaciones. De este libro se toman los datos necesarios para su
traspaso al libro mayor.
DICTAMEN DE AUDITORIA
Documento que expide el contador público con su firma al terminar
una auditoría de balance y que contiene dos secciones: a) una breve
explicación del alcance del trabajo realizado; b) su opinión
profesional acerca de los estados financieros examinados en cuanto a
si presentan de una manera razonable la situación financiera de la
empresa, conforme a principios de contabilidad generalmente
aceptados, aplicados uniformemente con relación al año anterior.
DIFERIR
Contablemente es la acción de posponer los efectos de un gasto o de
un ingreso.
DIGITO IDENTIFICADOR
Elemento de la clave presupuestaria que permite conocer la
naturaleza económica del gasto público.
DIGITO VERIFICADOR
Elemento de la clave presupuestaria que permite comprobar la
estructura de la misma para garantizar que la afectación de ésta sea
confiable. Este dígito es resultante de una serie de operaciones
aritméticas efectuadas con los demás elementos que integran la clave
presupuestaria y se utiliza como auxiliar en el procedimiento
electrónico de datos.
DINERO
Es el equivalente de todos los bienes y servicios de una
colectividad. Por su aspecto externo puede ser moneda cuando es de
metal, o billete cuando es de papel. Tiene cuatro funciones: como
instrumento de cambio, como medida de valor, como instrumento de
capitalización y de movilización de valor, y como instrumento de
liberación de deudas y obligaciones.
DIRECCION ADMINISTRATIVA
Función del proceso administrativo que consiste en guiar las
acciones hacia el logro de los objetivos.
DISCIPLINA PRESUPUESTARIA
Directriz política de gasto que obliga a las dependencias y
entidades del Sector Público Federal, a ejercer los recursos en los
montos, estructuras y plazos previamente fijados por la programación
del presupuesto que se autoriza, con pleno apego a la normatividad
emitida a efecto de evitar desvíos, ampliaciones de gasto no
programados, dispendio de recursos o conductas ilícitas en el manejo
de las erogaciones públicas.
DISPONIBILIDADES
Aquellas partidas del activo que representan bienes que pueden
destinarse de modo inmediato para hacer frente a las obligaciones
pecuniarias de una empresa. Por ejemplo: efectivo en caja y bancos,
documentos de cobro inmediato, inversiones en valores de pronta
realización, etc.
DISPONIBLE (PRESUPUESTO)
Es el saldo o remanente resultante de restar a una asignación
presupuestaria autorizada, las cantidades ejercidas y los
compromisos legalmente contraidos con cargo a la misma.
DISPOSICION
Recursos que utiliza o recibe el prestatario al girar contra una
parte o la totalidad del monto del crédito contratado, después de
haber cumplido con ciertos requisitos estipulados en el contrato.
DISPOSICION DE UN CREDITO
Corresponde al hecho de hacer efectivo un empréstito.
DISTORSION ECONOMICA
Deformación causada por la incorrecta asignación y/o distribución de
recursos, que se refleja en un desajuste en los precios líderes de
la economía, obstaculizando con ello el desenvolvimiento correcto de
las actividades económicas tanto en la producción como el la
acumulación, financiamiento y transacciones con el resto del mundo
DISTRIBUCION DEL INGRESO
Es un indicador económico global que muestra la relación entre la
población y el ingreso nacional en un periodo determinado.
Muestra la forma en que se distribuye el ingreso nacional entre los
diferentes factores de la producción (tierra, trabajo, capital y
organización). De esta manera, a la tierra le corresponde la renta;
al trabajo, el sueldo y el salario; al capital, la ganancia y el
interés; y a la organización el beneficio.
El conjunto de sueldos, salarios, ganancias, intereses y rentas
forman el ingreso nacional, que se distribuye entre todos aquéllos
que contribuyen a crearlos.
DIVIDENDO
Cuotas que al distribuir las ganancias de una compañía por acciones,
corresponde a cada acción.
DIVIDENDO DECRETADO
Participación que corresponde a una acción formalmente autorizada
por el consejo de administración de una sociedad, pagadero a partir
de una fecha especificada.
DIVIDENDO EN ACCIONES
Importe que se cubre con acciones adicionales y no en efectivo.
DIVIDENDOS DEVENGADOS
Utilidades acumulativas por la posesión de acciones vencidas, aún no
pagadas.
DIVIDENDOS DIFERIDOS
Se llama así a las utilidades decretadas por acciones que no son
pagaderas desde luego, sino en una fecha posterior o cuando ocurran
determinadas circunstancias.
DIVIDENDOS EXTRAORDINARIOS
Frecuentemente, las compañías acostumbran decretar anualmente un
porcentaje fijo de las ganancias como dividendo para las acciones
comunes. Tal porcentaje puede ser variado de acuerdo con los
estatutos sociales. Se llaman "dividendos extraordinarios" a los
decretados además de los dividendos regulares.
DIVIDENDOS ORDINARIOS
Los que se pagan en efectivo con cargo a utilidades obtenidas,
distribuidos a prorrata entre todos los accionistas de una misma
clase y como resultado de la decisión de una asamblea ordinaria de
accionistas.
DIVIDENDOS PREFERENTES
Los que corresponden a las acciones preferentes; deben asignarse con
antelación a la distribución final de utilidades entre las acciones
ordinarias.
DIVISA
Cualquier moneda o efecto mercantil (cheques, giros, letras de
cambio, órdenes de pago y derechos especiales de giro) aceptado
internacionalmente como medio de pago.
DIVISION DEL TRABAJO
Forma de producción en la cual las diversas fases de un proceso
productivo se separan en tareas específicas, lo que permite el
desarrollo de la especialización del trabajo y con ello el aumento
de la producción y la productividad.
DOCUMENTACION DEL CREDITO
Es el mecanismo legal mediante el cual se documenta una operación de
crédito, pudiendo ser: a través de bonos, pagarés, contratos, etc.
DOCUMENTO CONTABILIZADOR
Puede concebirse así tanto al documento fuente debidamente
registrado, como a la póliza que contiene el asiento contable; de
cualquier forma es el documento conductor a la información para
efectos de registro. Resulta conveniente que los documentos cumplan
con la función mixta de ser fuente y contabilizadores a la vez.
DOCUMENTO FUENTE
Es el justificante propio o ajeno que da origen a un asiento
contable. Contiene, en el mejor de los casos, la información
necesaria para el registro contable de una operación, y
frecuentemente tiene la función de comprobar razonablemente la
realidad de dicha operación. La característica de este documento es
que asienta un hecho, y éste es el que registra la contabilidad,
ejemplo: una factura ajena implica una compra, una factura propia
implica una venta, etc.
DOCUMENTO MULTIPLE
Instrumento a través del cual las entidades pueden efectuar las
regularizaciones presupuestarias que requieren en el desarrollo del
ejercicio de su presupuesto. Por medio de este documento pueden
llevarse a cabo las siguientes operaciones: autorización de cargo,
aviso de cargo, y aviso de reintegro.
DOCUMENTO POR COBRAR
Bajo este título se agrupan los pagarés, letras de cambio y demás
documentos similares pagaderos a plazo y a favor de la empresa
tenedora de ellos. En el balance general, este rubro debe contener
únicamente los documentos libres de gravamen y que no hayan vencido
todavía. Si hubiere documentos vencidos deben mostrarse
separadamente o bien debe hacerse un comentario adecuado en el
informe. También debe mostrarse separadamente el monto de los
documentos a cargo de clientes y el importe de los que sean a cargo
de otras personas que no tengan ese carácter.
DOCUMENTO POR COBRAR DESCONTADO
Son los documentos pendientes de pago que han sido traspasados o
vendidos, por medio de endoso, y por el importe de los cuales, el
endosante tiene a su cargo la obligación contingente.
DOCUMENTO POR PAGAR
Aquéllos en que consta la promesa de pagar incondicionalmente a una
fecha determinada, cierta cantidad de dinero. No se incluyen bajo
esta denominación las hipotecas, las cédulas hipotecarias y los
bonos u obligaciones en circulación.
Término aplicado a un pagaré, con referencia a su librador. El
nombre de una cuenta del mayor o de una partida del balance general,
que muestra separadamente o en una sola cantidad, el pasivo con
bancos, en proveedores y con otros acreedores, representado por
pagarés u otros compromisos a plazos determinados.
DOCUMENTOS DESCONTADOS
Representa el importe de los títulos de créditos propiedad de la
entidad, que son descontados en una institución financiera, para que
ésta anticipe su importe y efectúe el cobro al vencimiento o
devuelva en su caso los documentos.
DOCUMENTOS PARA LA administracion DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO
Instrumentos que sirven para la realización de las operaciones
propias del ejercicio del presupuesto de egresos. Cada uno de ellos
se elabora con base en los procedimientos específicos consignados en
los manuales de normas y procedimientos para el ejercicio del gasto
en la Administración Pública Central. Los documentos presupuestarios
utilizados son los siguientes: cuentas por liquidar certificadas,
avisos de reintegro, documento múltiple, oficios de rectificación,
oficios de afectación presupuestaria, oficios de autorización de
inversión, reporte de pasivo circulante, calendario de gastos etc.
DONACION
Contrato mediante el cual una persona transfiere a otra,
gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes.
Transferencias de bienes de un individuo a otro sin remuneración
alguna.
Es el traslado de recursos que se conceden a instituciones sin fines
de lucro, organismos descentralizados y fideicomisos que
proporcionan servicios sociales y comunales para estimular
actividades educativas, hospitalarias, científicas y culturales de
interés general.
DONATIVOS, OBSEQUIOS O BENEFICIOS PROHIBIDOS
Aquellos bienes, prestaciones, servicios, descuentos, prebendas o
similares que el servidor público acepta o solicita durante el
desempeño de su empleo, cargo, comisión o con motivo de éste,
prohibidos por la ley. La ley extiende esta prohibición al cónyuge
del servidor, sus familiares y socios.
DUMPING
Venta de mercancías al exterior a un precio menor al que se vende en
el mercado interno del país exportador. El dumping se realiza con el
objeto de obtener ventajas competitivas en el exterior; se da
ocasionalmente cuando un país quiere aumentar sus ventas al
extranjero y en forma aguda y persistente como política económica
exterior. Generalmente se penaliza por los países afectados cuando
se detecta.
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